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Caso Siri
(Año
1957) Contra
todo acto u omisión de autoridades públicas.
La policía de la provincia de Buenos Aires clausuró el diario
“Mercedes” sin decir “el porqué”.
Miguel Angel Siri, -director del periódico- se presentó ante la
justicia alegando la violación a la libertad de imprenta y de trabajo
(arts. 14, 17 y 18 de la CN) y exigiendo que se retirara la custodia
policial de la puerta de la imprenta y que se levantara su clausura.
Pidió al juez que averiguara quien había ordenado la clausura
y porqué. La orden la dio la “Dirección de Seguridad de
la Policía” y que el motivo era desconocido.
En primera y segunda instancia interpretando el pedido de Siri como un recurso
de Habeas Corpus no hicieron a lugar al mismo porque no se había violado
la libertad física de nadie (en ese entonces no existía el Amparo).
M. A. Siri interpone el Recurso Extraordinario Federal aclarando que no había
pedido un Habeas Corpus, sino una petición a las autoridades por la violación
a las garantías constitucionales.
La Corte Suprema revocó la sentencia
–ordenando cesar con la clausura- porque:
• Las Garantías Constitucionales existen y protegen a los individuos
por el sólo hecho de estar consagradas en la Constitución y las
invocadas por Siri están restringidas sin orden de autoridad competente
ni causa justificada.
• Se crea el recurso de acción de Amparo para “amparar”
todos los derechos enumerados en la Constitución a excepción de
los ya protegidos por el recurso de Habeas Corpus.
• Se confirma la Supremacía Constitucional al proteger los derechos
amparados por los arts. 14, 17 y 18 de la Constitución.